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Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual

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Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual

A través de esta póliza Aseguradora Solidaria ampara y protege el patrimonio de personas jurídicas, por los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que le sean atribuibles al asegurado por la responsabilidad civil extracontractual en que incurra, derivada de daños a los bienes y lesiones corporales causados a terceras personas y ocurridas en el desarrollo de sus actividades.

Amparo básico

  • Indemnización de perjuicios.
  • Predios, labores y operaciones (PLO) que incluyen:
    • La posesión, uso o mantenimiento de los predios indicados en las condiciones particulares y/o especiales, en los que el asegurado desarrolla y realiza las actividades objeto de la cobertura de este seguro.
    • Las labores u operaciones que lleva a cabo el asegurado en desarrollo de las actividades objeto de cobertura por este seguro indicadas igualmente en las condiciones particulares y/o especiales.
    • La cobertura brindada incluye todos los riesgos que son inherentes a las actividades desarrolladas por el asegurado en el giro normal del negocio objeto de este seguro indicado en las condiciones particulares y/o especiales tales como:
      • Posesión o uso de ascensores y escaleras automáticas.
      • Posesión o uso de máquinas y equipos de trabajo, de cargue, descargue y transporte dentro de los predios asegurados.
      • Transporte de bienes del asegurado, tales como materias primas, productos en proceso y productos terminados, fuera de los predios asegurados.
      • Operaciones de cargue y descargue.
      • Posesión o uso de avisos y vallas publicitarias en el territorio nacional.
    • Posesión o uso de sus instalaciones sociales, culturales y deportivas y los eventos que el asegurado realice u organice en ellas.
    • Viajes de funcionarios del asegurado dentro del territorio nacional.
    • Participación del asegurado en ferias y exposiciones nacionales.
    • Vigilancia de los predios asegurados por personal del asegurado, incluyendo el uso de armas y de perros guardianes para tales propósitos.
      Si el personal de celaduría, vigilancia y seguridad que presta el servicio al asegurado es suministrado por una firma o empresa especializada en la materia, este amparo opera en exceso del límite de responsabilidad civil extracontractual que la ley exige para este tipo de actividad o, el límite que tal firma tenga contratado para estos efectos, el que sea mayor, pero en todo caso esta cobertura opera siempre en exceso de un límite mínimo de 400 smlmv.
      Son condiciones para la procedencia de este amparo:
      • Que la firma o empresa especializada en seguridad y/o vigilancia que ha sido contratada por el asegurado esté legalmente constituida bajo las leyes de la República de Colombia.
      • Que el personal esté prestando sus servicios al asegurado conforme al servicio contratado.
      • Que los hechos ocurran dentro del horario establecido para la prestación del servicio y en ejercicio de la actividad propia del cargo.
    • Posesión o uso de depósitos, tanques y tuberías ubicados o instalados dentro de los predios asegurados.
    • Actos de los directivos, representantes y empleados del asegurado en el desempeño de sus funciones y dentro de las actividades aseguradas.
    • Posesión o uso de cafeterías, casinos y restaurantes para uso de sus empleados y/o invitados.
    • Incendio y/o explosión producidos dentro de los predios asegurados.
    • Uso de parqueaderos dentro de los predios del asegurado.
    • Descargue, dispersión, liberación o escape de humo, vapores, hollín, ácidos, álcalis y en general productos químicos tóxicos, líquidos o gaseosos, y demás materias irritantes o contaminantes, en o sobre la tierra, atmosfera, ríos, lagos o cualquier curso o cuerpo de agua, producida en forma accidental, súbita e imprevista.
    • Lesiones corporales sufridas por terceros participantes en actividades deportivas o recreativas que el asegurado directamente lleve a efecto en los predios de la empresa.
    • Lesiones corporales o daños materiales causados por animales domésticos bajo la responsabilidad del asegurado, dentro de los predios de la empresa asegurada, se excluyen de esta cobertura los animales considerados como potencialmente peligrosos.
  • Costos y gastos de defensa.
  • Gastos médicos.
  • Pagos suplementarios.

Amparos adicionales sublimitados

  • Responsabilidad civil extracontractual patronal.
  • Responsabilidad civil productos.
  • Responsabilidad civil extracontractual bienes bajo cuidado tenencia y control.
  • Responsabilidad civil extracontractual por polución y contaminación.
  • Responsabilidad civil cruzada.
  • Responsabilidad civil extracontractual vehículos propios y no propios.
  • Responsabilidad civil extracontractual parqueaderos.
  • Responsabilidad civil extracontractual contratistas y subcontratistas.

CLAUSULADO

  • Excelentes extensiones del amparo básico (PLO).
  • Se pueden contratar todos los amparos adicionales de acuerdo con las características de las actividades que desarrolle el asegurado, incluso la responsabilidad civil extracontractual productos.
  • Dentro del amparo básico se cubre los daños patrimoniales y extra patrimoniales hasta por el 100% del valor asegurado.
  • Posibilidad de expedirla sola (mono línea) sin necesidad de vinculaciones o programas de seguros.
  • Por lo anterior la póliza de responsabilidad civil extracontractual de Aseguradora Solidaria es una de las más competitivas del mercado.

Tarifas o precio del producto

Para determinar el valor de la tarifa o precio de nuestro producto debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Actividad.
  • Detalle de los procesos.
  • Ubicación del riesgo.
  • Limite asegurado a contratar.
  • Siniestralidad que tiene la cuenta.

Si desea orientación sobre este seguro tenemos habilitado en nuestra página web el chat corporativo ubicado en la parte inferior derecha, donde lo atenderemos de manera oportuna para que adquiera este producto.