Seguro de Responsabilidad Civil derivada de Cumplimiento en Contratos Estatales protege a la entidad estatal contratante, garantizándole el pago de las indemnizaciones derivadas de reclamaciones presentadas por terceros como consecuencia de las actividades asociadas a la ejecución de un contrato, siempre y cuando éstas se originen de la responsabilidad civil extracontractual y por las actuaciones, hechos u omisiones del contratista o sus subcontratistas.
La cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual se otorga mediante un contrato de seguro específico, independiente de los amparos de la Póliza de Cumplimiento Estatal, de la cual se deriva.